Nuevamente, las estructuras de las Fuerzas Armadas se encuentran en el centro de la escena por graves hechos de violencia institucional y de género. El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dictó sentencia contra el exmilitar Héctor Lorenzo Andersen, de 48 años de edad, tras hallarlo penalmente responsable de haber abusado sexualmente de dos soldadas voluntarias. Los ultrajes fueron cometidos en el transcurso del año 2022 en las instalaciones del cuartel del Ejército Argentino de la ciudad de Azul, provincia de Buenos Aires.
Los jueces le impusieron a Andersen, quien es oriundo de la ciudad chubutense de Esquel pero mantiene su domicilio actual en Azul, una pena de dos años y medio de prisión de ejecución condicional. Al tratarse de una condena en suspenso, el agresor no irá a la cárcel a cumplir la pena de forma efectiva. Asimismo, la resolución judicial dictaminó que el imputado tiene la obligación de resarcir económicamente a ambas damnificadas por los daños ocasionados.
El peso de la jerarquía como herramienta de sometimiento
Las víctimas, quienes se desempeñaban como soldadas voluntarias dentro de la guarnición militar de Azul, sufrieron las agresiones en un contexto de extrema asimetría de poder. De acuerdo con las investigaciones de este tipo de expedientes en el ámbito castrense, el agresor utilizó de forma sistemática su superioridad jerárquica y antigüedad para acorralar a las jóvenes, vulnerando los protocolos de conducta de la institución y el interés superior de resguardo del personal subalterno.
A pesar del temor a sufrir represalias internas, bajas forzadas o persecución laboral dentro del cuartel —consecuencias habituales que suelen denunciar las víctimas de violencia de género en las fuerzas de seguridad—, las dos jóvenes decidieron romper el silencio y radicar la denuncia judicial que dio origen al debate oral.
Un veredicto con sabor a poco
La sentencia, que se conoció formalmente el pasado viernes 25 de septiembre de 2026, reavivó una fuerte polémica en torno a la levedad de las penas asociadas a los delitos de abuso sexual simple dentro de los organismos estatales. Si bien el fallo de la justicia federal valida de forma contundente los testimonios de las dos víctimas y desacredita las coartadas de la defensa del exmilitar, el beneficio de la libertad condicional genera indignación en sectores y colectivos feministas que exigen castigos severos y prisión efectiva para los violentos uniformados.
El dictamen judicial deja en claro la necesidad urgente de profundizar de manera real e independiente la capacitación obligatoria en perspectiva de género dentro de los cuarteles bonaerenses para evitar que los puestos de mando sigan funcionando como zonas de impunidad.
La farsa de la condena en suspenso: cuando la «justicia» federal ampara a los abusadores de uniforme
Dos años y medio de prisión en suspenso para un exmilitar que abusó de dos soldadas voluntarias en el cuartel de Azul. Dos años de prisión condicional para un exteniente que manoseó a una subordinada y encañonó a otro en Holmberg, Córdoba. En menos de una semana, la justicia federal de nuestro país firmó dos sentencias que, bajo el pomposo título de «condenas», esconden una realidad aberrante: ninguno de los agresores pisará un calabozo.
¿Qué mensaje le están enviando los tribunales a las mujeres que deciden denunciar la violencia de género dentro de las fuerzas de seguridad?
La recurrencia de las penas de ejecución condicional en casos de abuso sexual simple se ha transformado en una herramienta de impunidad sistémica. Se nos dice, desde una lógica jurídica fría y formal, que al no superar los tres años de prisión y al no contar los imputados con antecedentes penales computables, la ley faculta a los jueces a otorgar la libertad bajo pauta de conducta. Pero el derecho no puede aplicarse en un frasco de laboratorio, ignorando el contexto social y el trauma de las víctimas.
Cuando el agresor es un miembro de las Fuerzas Armadas o de seguridad, el delito no es «simple». Existe una asimetría de poder brutal, un uso del uniforme como herramienta de sometimiento y un pacto de caballeros corporativo que las víctimas deben romper arriesgando sus carreras, su estabilidad económica y su propia integridad física.
Denunciar dentro de un cuartel es un acto de heroísmo. Responder a ese heroísmo con un resarcimiento económico en pesos devaluados y una palmadita en la espalda al abusador para que regrese a su casa es, lisa y llanamente, violencia institucional y judicial.
La condena en suspenso funciona en la práctica como una absolución elegante. El violento mantiene su libertad, su rutina y la certeza de que su estructura jerárquica lo blindó lo suficiente como para no perder los privilegios fundamentales. Mientras tanto, las víctimas cargan con la verdadera condena: el desarraigo, el señalamiento social, el daño psicológico y la amarga confirmación de que el Estado que prometió protegerlas terminó canjeando sus cuerpos por una firma en un expediente archivado.
Es urgente que el Poder Judicial empiece a juzgar con una perspectiva de género real, que evalúe el abuso de autoridad como un agravante insoslayable y que entienda que el abuso sexual nunca es un delito menor. Hasta que las sentencias no impliquen prisión efectiva y un castigo ejemplar para los violentos de uniforme, la justicia seguirá siendo una puesta en escena y las condenas, una burla en suspenso.










