A pesar de la retractación de la víctima, confirman la pena máxima de 20 años de prisión para un abusador en Capital Federal

 

 

La Cámara de Casación Penal ratificó el veredicto contra el agresor, quien sometió a la hija de su expareja durante su adolescencia. Los jueces explicaron detalladamente por qué los cambios de testimonio de las víctimas en el juicio no borran las pruebas científicas ni los peritajes del caso.

La Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal dictó un fallo de enorme trascendencia judicial. El tribunal ratificó la condena a 20 años de prisión efectiva para un hombre de apellido Ingrassia, hallado culpable de abusar sexualmente de la hija de su expareja. Los ultrajes reiterados comenzaron en 2009 cuando la niña tenía solo 12 años y se extendieron en un contexto de convivencia forzada hasta que cumplió los 16.

La defensa del condenado había recurrido al tribunal superior exigiendo la absolución absoluta bajo el principio de beneficio de la duda. El argumento central de los abogados fue que la víctima, al declarar ya de adulta durante las audiencias del juicio oral, intentó relativizar la gravedad de los ataques y manifestó su deseo de dar por terminado el calvario judicial.

Sin embargo, los camaristas Horacio Días, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus rechazaron de forma unánime el planteo defensivo. Determinaron que la condena original no se apoyaba únicamente en la palabra de la joven, sino en un contundente entramado de pruebas genéticas y peritajes médicos.

 

Las razones de la retractación

El voto del juez Horacio Días abordó una problemática muy recurrente en los debates sobre violencia de género y abuso sexual intrafamiliar:

  • La mirada de la Corte: El magistrado citó doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para explicar que el cambio en la declaración de las víctimas adultas no implica falsedad en la denuncia original.
  • Dinámicas de sometimiento: Estas conductas suelen responder a fuertes presiones psicológicas, dependencia económica, miedo o la necesidad de proteger el núcleo familiar, y no a la inexistencia del delito.
  • Prueba científica demoledora: El tribunal valoró que las declaraciones iniciales de la víctima ante el Cuerpo Médico Forense y el programa nacional “Las Víctimas contra las Violencias” eran totalmente coherentes con estudios de ADN y peritajes ginecológicos realizados en el Hospital Gutiérrez.

La Cámara de Casación también convalidó que se haya aplicado el tope máximo de la escala penal. Para los jueces, la calculada planificación de los delitos, la progresiva gravedad de los hechos en el tiempo y el profundo daño psicológico causado a la víctima justifican plenamente que el abusador pase las próximas dos décadas tras las rejas, eliminando cualquier tipo de atenuante por falta de antecedentes penales previos.

 

Desarmar la impunidad del círculo familiar

Desde nuestro espacio en Las Brujas de Salem, recibimos este fallo de la Casación porteña como una bocanada de aire limpio en medio de un panorama judicial que muchas veces revictimiza a quienes se animan a hablar. La resolución es ejemplar porque desmantela una de las estrategias más perversas e históricas de los defensores de abusadores: utilizar la vulnerabilidad y la confusión emocional de las víctimas adultas para garantizar la impunidad de los violentos.

El dictamen de los jueces Días, Huarte Petite y Jantus demuestra perspectiva de género y un profundo conocimiento de la psicología del trauma.

Entender que una joven intente relativizar su propio infierno años después no es debilidad de la causa; es la prueba viviente del daño crónico que produce un abusador que compartió el techo familiar y manipuló su entorno mediante amenazas silenciosas. Cuando el Estado investiga en serio, con herramientas científicas, peritajes cruzados y equipos interdisciplinarios, la retractación ya no funciona como pase libre para la libertad del delincuente.

Mover la mirada del testimonio aislado y concentrarse en el historial de desprotección es reparar.

Desde este portal, celebramos que la Justicia ponga límites definitivos al abuso en las infancias y adolescencias. Veinte años de cárcel es el mensaje que el sistema debe enviarle a todos aquellos padrastros y convivientes que creen que el hogar es una zona liberada para sus delitos. Sostener la pena máxima en estos contextos es, en definitiva, resguardar el futuro de las que ya no tienen por qué seguir callando.

 

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