Sanar la justicia: un fallo histórico condena a profesionales de la salud por violencia institucional en Santa Fe

 

El laberinto judicial que atraviesan las mujeres que denuncian delitos sexuales suele estar plagado de obstáculos institucionales, revictimización y silencios burocráticos.

Sin embargo, cuando la persistencia colectiva se encuentra con una defensa jurídica comprometida, el sistema se ve obligado a revisar sus propias falencias.

Una histórica sentencia en la provincia de Santa Fe condenó civilmente a cuatro profesionales de la salud por la deficiente y violenta atención que brindaron a una mujer víctima de abuso sexual en el año 2019.

El dictamen judicial, que llega tras siete años de una intensa y desgastante batalla en los tribunales, fue impulsado y encabezado por la abogada de la localidad de Funes, María Victoria San Juan Soria. El logro fundamental de la estrategia legal radicó en que el tribunal reconoció, de manera explícita, el profundo daño psicológico y moral provocado en la víctima debido a la total ausencia de perspectiva de género por parte del equipo médico que debía contenerla en su momento más vulnerable.

Diez horas de abandono y una historia clínica adulterada

Los hechos que originaron la demanda exponen el desamparo al que se enfrentan las víctimas cuando los efectores de salud pública y privada ignoran las normativas vigentes. Según se constató en el expediente judicial, tras haber sufrido la agresión sexual, la mujer acudió a una guardia médica en busca de auxilio, resguardo y asistencia profiláctica. Lejos de recibir una atención humana y la activación de los códigos de emergencia pertinentes, la víctima fue obligada a pasar casi diez horas esperando en la guardia de un centro médico.

Durante esa prolongada espera, el personal de salud omitió de forma deliberada la aplicación de los protocolos específicos para delitos contra la integridad sexual.

Los profesionales imputados no realizaron los estudios toxicológicos indispensables para resguardar pruebas periciales de sumisión química, ni suministraron a tiempo la medicación de prevención obligatoria para infecciones de transmisión sexual.

Para agravar la situación, las pericias técnicas demostraron que los médicos incurrieron en graves irregularidades y omisiones en la confección de la historia clínica de la paciente, un intento de manipulación documental que la Justicia interpretó como una muestra de negligencia y encubrimiento institucional.

El sentido reparador del fallo y la formación obligatoria

La sentencia civil no solo busca subsanar el perjuicio mediante una indemnización económica para la denunciante; introduce además una medida de carácter reparador con impacto directo en las políticas de salud pública del territorio. La resolución obliga a los cuatro profesionales de la salud implicados en el caso a realizar y acreditar una capacitación intensiva en perspectiva de género, violencia institucional y protocolos de abuso sexual en un plazo perentorio de 90 días.

Este tipo de resoluciones judiciales resultan indispensables para transformar el funcionamiento diario de las guardias de los hospitales y sanatorios.

La perspectiva de género en el ámbito judicial y médico no es una mera herramienta teórica, sino un imperativo de derechos humanos que determina si una mujer recibe el tratamiento médico y psicológico adecuado o si, por el contrario, es sometida a un maltrato institucional que profundiza el trauma del ataque original. La abogada funense San Juan Soria remarcó que este fallo sienta un precedente para que ningún profesional de la salud vuelva a tratar un caso de abuso como un trámite administrativo descartable.

 

El valor de sostener la demanda en el tiempo

Visibilizar estos triunfos legales implica celebrar la valentía de las víctimas que eligen no claudicar frente a los tiempos eternos y desgastantes del poder judicial. Siete años de audiencias, peritajes y apelaciones representan un costo emocional inmenso que muchas mujeres no pueden afrontar debido al aislamiento y la falta de recursos económicos.

Condenar civilmente la mala praxis médica con enfoque de género abre una nueva vía de exigencia para que las instituciones de salud capaciten de forma real a sus recursos humanos.

Sostener la vida y acompañar las secuelas de una agresión sexual requiere de equipos médicos empáticos, guardias preparadas y una Justicia que entienda que la violencia institucional también deja cicatrices imborrables que deben ser juzgadas y reparadas con firmeza.

 

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