Justicias que tardan, infancias que resisten: La exmonja Kumiko Kosaka fue condenada a 20 años por los abusos en el Próvolo

El Tribunal Penal Colegiado N°2 de Mendoza dictó la sentencia tras un juicio de cesura que dividió la culpabilidad del monto de la pena. Qué significa este mecanismo legal y por qué es clave para evitar la revictimización en los tribunales de la impunidad eclesiástica.

 El silencio eclesiástico e institucional sumó una grieta histórica en Mendoza. El Tribunal Penal Colegiado N°2 de Mendoza condenó a 20 años de prisión e inhabilitación por 10 años para trabajar con las infancias a la exmonja Kumiko Kosaka. El fallo llega luego de que la Suprema Corte de Justicia provincial destrabara la impunidad al anular la escandalosa absolución de la que gozaba desde 2023. Kosaka fue declarada culpable de múltiples abusos sexuales, operando tanto como autora de los agravios como facilitadora y «partícipe necesaria» en las violaciones perpetradas por curas y empleados del horrorizado Instituto Antonio Próvolo

Perspectiva de Niñez y Discapacidad: El desmantelamiento de la «fragmentación» patriarcal

Durante años, las defensas corporativas intentaron desmerecer la palabra de las víctimas. El fallo de primera instancia en 2023, que había absuelto a Kosaka, constituyó una muestra de violencia institucional. Aquella resolución analizó los testimonios de los niños hipoacúsicos de «forma fragmentada», ignorando la asimetría de poder estructural dentro del internado.

Al exigir justicia penal, organizaciones aliadas y abogadas defensoras de los derechos del niño sostienen que el testimonio de las niñeces con discapacidad debe leerse en su contexto.

Los sobrevivientes, vulnerabilizados doblemente por su condición de niños y por barreras de comunicación —al ser personas sordas—, rompieron el cerco de protección eclesiástica mediante cámaras Gesell e intérpretes de lengua de señas. La Suprema Corte mendocina reparó esto mediante el voto de la jueza Teresa Day (acompañada por la conjueza Silvina Miquel), dictaminando que el relato de las víctimas es coherente, sistemático y verdadero, terminando con la falacia judicial de descreer de las infancias. El abogado querellante Sergio Salinas lo resumió de forma contundente tras el fallo: «Quedó claro que las víctimas dicen la verdad, que Kumiko Kosaka mintió».

Perspectiva de Género: El rol de las mujeres en las tramas eclesiásticas de dominación

El caso de Kosaka, conocida por las víctimas como la «monja mala», expone cómo el patriarcado clerical utiliza roles de cuidado asignados formalmente a las mujeres para perpetrar y camuflar la opresión.

Lejos de la pretendida inocencia o sumisión por su condición de mujer dentro de la Iglesia, la exreligiosa ejerció una crueldad activa: seleccionaba a las niñeces más indefensas, las entregaba como presas a los abusadores y ocultaba sistemáticamente las heridas físicas y psicológicas de los ataques.

Este fallo la convierte en la primera mujer condenada en la red criminal del Próvolo, uniéndose a las sentencias firmes de los sacerdotes Horacio Corbacho (45 años) y Nicola Corradi (42 años, fallecido en 2021). El fallo evidencia que las estructuras de abuso eclesiástico necesitan complicidades disciplinadoras para subsistir, desmitificando el mandato de supuesta «sumisión pasiva» de las religiosas en estas redes de trata simbólica y abuso de poder.

¿Qué es un juicio de cesura y por qué protege a las infancias?

El proceso judicial contra la exreligiosa concluyó mediante la modalidad de juicio de cesura, una herramienta del derecho procesal penal que divide el debate en dos etapas independientes y consecutivas:

Primera etapa (Establecimiento de la culpabilidad): Se debate únicamente si el hecho existió y si la persona acusada es responsable. Este paso quedó saldado cuando la Suprema Corte de Justicia de Mendoza revocó la absolución previa.

Segunda etapa (Determinación de la pena): Una vez firme la culpabilidad, se convoca a una nueva audiencia donde las partes discuten únicamente la escala penal, los agravantes y los atenuantes. La sentencia de 20 años corresponde al cierre de esta fase.

Desde una perspectiva de género y de derechos de las infancias, esta fragmentación representa una garantía de protección fundamental para evitar la revictimización:

Protección del relato: Evita que los sobrevivientes tengan que volver a declarar o revivir el trauma de los abusos en la etapa donde solo se discuten tecnicismos penales o años de condena. Las niñeces ya aportaron su verdad; la segunda etapa se concentra en evaluar la peligrosidad de la victimaria.

Foco en el abuso de poder: Impidió que los defensores de Kosaka (los abogados Carlos Varela Álvarez y Enoc Ortíz) utilizaran estrategias de dilación fundadas en desacreditar nuevamente a las víctimas. El debate se centró estrictamente en la gravedad de los hechos probados.

El sabor amargo de los privilegios: Una condena sin reclusión inmediata

Durante la audiencia de cesura, el equipo acusador encabezado por el fiscal Alejandro Iturbide junto a los abogados querellantes Sergio Salinas y Lucas Lecour coincidieron en solicitar una pena de 22 años de prisión y la detención inmediata de la religiosa. A pesar de la contundencia de los 20 años dictados, el Colectivo de Víctimas y las organizaciones de Derechos Humanos ven con preocupación un beneficio incomprensible para cualquier ciudadano de a pie: Kosaka se retiró del Polo Judicial caminando por su cuenta y seguirá libre.

El Tribunal justificó su decisión alegando que la condenada ya cumplió 5 años y 2 meses de prisión preventiva y que «no existe riesgo de fuga» debido a las medidas restrictivas impuestas:

Retención absoluta de sus pasaportes argentino y japonés.

Prohibición absoluta de salida del país e inhabilitación por 10 años para trabajar con menores.

Pago de una fianza de $15 millones de pesos.

Para la querella, este es un recordatorio de que los lazos de poder institucional de la Iglesia Católica siguen garantizando colchones de impunidad, permitiéndole esperar el fallo definitivo de la Corte Suprema de la Nación desde la comodidad de una vivienda y no tras las rejas de una celda común.

El camino del juicio del Próvolo demuestra que la lucha transfeminista y de los derechos humanos no da el brazo a torcer. Las infancias del Próvolo, hoy adultas y organizadas, ya ganaron la batalla más importante: la de la verdad histórica. Que la justicia ordinaria se ponga a la altura y ordene cárcel común, efectiva y sin privilegios para quienes rompieron para siempre el derecho fundamental de las niñeces a vivir una vida libre de violencias.

 

 

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