En un nuevo e inapelable freno a la estrategia de la Casa Rosada de perseguir judicialmente a quienes ejercen el pensamiento crítico, la Cámara Federal de Casación Penal le puso un punto final definitivo a la denuncia penal que el presidente Javier Milei había promovido contra el periodista de El Destape, Ari Lijalad.
La decisión de la Sala I del máximo tribunal penal no solo ratificó que la denuncia carecía de sustento legal, sino que además dejó al descubierto la impericia técnica del entorno presidencial.
El recurso de casación impulsado por el abogado de Milei, Francisco Oneto, fue presentado fuera de los plazos legales establecidos. Ante esta demora, la mayoría del tribunal —conformada por los jueces Daniel Antonio Petrone y Diego G. Barroetaveña— declaró el planteo como «extemporáneo» de manera fulminante, sepultando cualquier posibilidad de revertir el archivo de la causa.
El contundente voto de Slokar: Blindaje constitucional a la libertad de prensa
Más allá de la evidente torpeza en los plazos procesales que terminó por hundir la estrategia oficial, el juez Alejandro W. Slokar consideró fundamental expedirse sobre el fondo del asunto. Su voto funcionó como un verdadero muro de contención democrático frente a los intentos del Poder Ejecutivo de utilizar los tribunales como herramientas de censura y amedrentamiento.
En sus fundamentos, Slokar dejó en claro el rol neurálgico que tiene el periodismo y la libre circulación de ideas para la salud institucional del país al sostener textualmente:
“La libertad de información constitucional resulta un derecho indispensable para garantizar el mantenimiento del sistema democrático.”
El magistrado respaldó lo resuelto previamente por las instancias anteriores y recordó que la protección legal se ensancha, obligatoriamente, cuando los involucrados ocupan los escalafones más altos del poder político. En ese sentido, detalló que la condición de funcionario público del demandante “resulta suficiente para no proseguir con el proceso penal, a fin de evitar que el ordenamiento punitivo sea utilizado como mecanismo disuasorio”.
Finalmente, Slokar clausuró cualquier intento oficial de criminalizar la opinión o la investigación periodística al recordar los límites estrictos que fija el propio Código Penal de la Nación:
“La propia norma penal clausura cualquier esfuerzo interpretativo orientado a definir si expresiones referidas a asuntos de interés público o que no sean asertivas pueden ser tildadas de injuriantes o calumniosas.”
Un freno a la persecución sistemática
Este fallo de Casación se produce en un clima de creciente hostilidad estatal hacia la prensa, marcado por el despliegue de mecanismos de disciplinamiento como la flamante Oficina de Respuesta Judicial y las alarmantes declaraciones públicas del ministro de Economía, Luis Caputo, quien recientemente reclamó leyes para penalizar a los comunicadores.
Pese a la violencia discursiva diaria que emana de los despachos oficiales, la resolución en el caso Lijalad demuestra que, cuando el oficialismo cruza el umbral de los tribunales con intenciones de censura, choca de frente contra las garantías constitucionales más básicas.
La cadena de fracasos de la «Guerra Judicial» de Milei contra la prensa
El revés sufrido ante Ari Lijalad no es un hecho aislado, sino el eslabón más reciente de una serie de fallos adversos que desarman el intento del mandatario de acallar el debate público mediante demandas penales por «calumnias e injurias».
- El archivo exprés en la causa contra Carlos Pagni: Milei llevó a la justicia al columnista de La Nación argumentando que un análisis histórico sobre la llegada de Adolf Hitler al poder hería su «honra personal», a pesar de que el periodista ni siquiera lo había nombrado. El juez federal Daniel Rafecas rechazó la querella sin darle trámite. Posteriormente, la Cámara Federal porteña, bajo la firma de Eduardo Farah, ratificó el archivo señalando de forma tajante que “los hechos objeto de querella no constituyen delito”. Al igual que en el caso Lijalad, el abogado de Milei intentó apelar a Casación fuera de término, cerrando la vía judicial de manera definitiva.
- Prescripción y sobreseimiento para Julia Mengolini: La denuncia contra la conductora de Futurock terminó desmoronándose en los escritorios de Comodoro Py. El juez federal Sebastián Casanello dictó el sobreseimiento definitivo de la periodista al constatar la prescripción de la acción penal, dado que se trataba de un delito con pena de multa y habían transcurrido más de dos años desde las declaraciones cuestionadas. El pedido de la defensa contó con el dictamen favorable del fiscal Guillermo Marijuan.
- Ausencia y condena en costas en el caso de Nicolás Lantos: El derrotero judicial contra el periodista Nicolás Lantos sumó una cuota de desidia por parte de la querella presidencial. La causa fue archivada de forma automática debido a que los representantes legales de Milei ni siquiera se presentaron a la audiencia judicial fijada por el tribunal. Tras el desplante, la Justicia no solo falló a favor del comunicador, sino que obligó al Presidente a pagar los costos económicos generados por el proceso.










