Una vez más, el andamiaje judicial nos da la espalda, protege a los agresores y desampara a las víctimas.
En un fallo aberrante que desata una profunda ola de indignación y rabia en Junín de los Andes, las juezas Carolina González y Laura Barbé decidieron otorgar prisión domiciliaria a Jorge Octavio Linco.
La gravedad de la medida es absoluta: apenas en mayo, un jurado popular lo declaró culpable por el femicidio de Corina Mabel Mena. Hoy, un asesino con culpabilidad demostrada espera su pena cómodamente desde su casa.
El sangriento historial que la justicia decidió ignorar
Los hechos acreditados en el juicio exponen la extrema peligrosidad del femicida. El 7 de junio de 2025, poco después de las 6:40 de la mañana, Linco desató el terror en una vivienda del barrio Los Pobladores. Primero atacó con un arma blanca a una persona de iniciales M. D. G. T., provocándole una grave herida abdominal. Inmediatamente después, descargó su violencia contra Corina Mabel Mena, asestándole una puñalada en el tórax que le perforó el corazón.
A pesar de la brutalidad del ataque y del indiscutible veredicto de culpabilidad, la justicia patriarcal prefirió ampararse en tecnicismos para beneficiar al agresor. Las juezas González y Barbé revocaron la prórroga de la prisión preventiva que había dictado el juez de garantías Ignacio Pombo, quien alertaba con total sentido común que el riesgo de fuga aumentó drásticamente tras el veredicto.
EL CAMINO DE LA IMPUNIDAD JUDICIAL
[07 Jun 2025] ───► Linco asesina a Corina Mena. Dictan prisión preventiva.
[Mayo 2026] ───► Jurado popular lo declara CULPABLE de femicidio.
[Junio 2026] ───► Las juezas González y Barbé le otorgan la domiciliaria.
Trampas procesales y complicidad con los femicidas
Para beneficiar a Linco, el tribunal aceptó una cuestionable interpretación del artículo 119 del Código Procesal Penal promovida por la defensa, argumentando que el año de prisión preventiva estaba «vencido».
Utilizando el indignante criterio de que el proceso no termina hasta que se fije el monto de la pena, enviaron al femicida a un paraje rural con tobillera electrónica. ¿Acaso una tobillera frena las intenciones de un asesino que sabe que se enfrenta a la prisión perpetua? ¿Quién garantiza la seguridad de los testigos y la familia de Corina?
La complicidad del fallo quedó en evidencia gracias al voto disidente de la jueza Leticia Lorenzo. Con firmeza, Lorenzo advirtió que el tribunal excedió los límites del planteo de la defensa para acomodar el beneficio y subrayó que el Código Procesal es claro: una vez declarada la culpabilidad, el estatus del imputado cambia radicalmente. Regalarle una prisión domiciliaria en este punto es un insulto a la memoria de la víctima y una burla al dolor de su familia.
No nos vamos a callar!
La fiscalía —liderada por el fiscal jefe Ávila y la asistente letrada Lucila Maggiora— junto a la querella ya confirmaron que impugnarán formalmente esta escandalosa resolución. El caso sigue abierto a la espera de la audiencia de determinación de la pena, donde se exigirá la prisión perpetua por femicidio agravado por el vínculo.
Desde este portal feminista nos sumamos al grito de exigencia de las organizaciones de la región: exigimos la revocación inmediata de este beneficio y cárcel común para Jorge Octavio Linco. La justicia que no tiene perspectiva de género no es justicia, es complicidad patriarcal. ¡Justicia por Corina Mabel Mena!










