La Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires dictó la absolución e inmediata libertad de Patricia Elizabeth Godoy, dejando sin efecto la condena a prisión que pesaba sobre ella desde diciembre de 2025 por un supuesto «falso testimonio agravado». El fallo, firmado por los jueces María Florencia Budiño y Fernando Luis María Mancini, desarmó la estructura de una sentencia previa que, según explicaron los propios magistrados, estuvo sostenida sobre prejuicios y sesgos de género.
Junto a Godoy también fue absuelto el remisero Marcelo Alejandro Tagliaferro. Ambos habían sido señalados por supuestas inconsistencias en sus declaraciones testimoniales de 2011, en el marco de la investigación por el cuádruple crimen de La Plata. En aquel entonces, sus relatos apuntaron a Osvaldo «Alito» Martínez, expareja de una de las víctimas, quien finalmente resultó absuelto del multiasesinato. Sin embargo, lo que la primera instancia judicial catalogó como una mentira deliberada para incriminar a un inocente, Casación lo redefinió bajo una perspectiva jurídica rigurosa y libre de discriminación.
El desarme de un fallo con sesgo de género
El punto más contundente de la resolución de Casación radica en la severa crítica al Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de La Plata, el órgano que había condenado a Patricia. Los jueces de la máxima instancia penal bonaerense determinaron que la sentencia en contra de la mujer carecía de perspectiva de género y se fundaba en nociones puramente subjetivas y estereotipadas.
En el juicio original, la palabra de Patricia Godoy fue desacreditada bajo el argumento de que resultaba «improbable» o «sospechoso» que una mujer caminara sola a altas horas de la noche por la zona donde ocurrieron los hechos. Casación fue tajante al respecto: utilizar el hecho de que una mujer transite sola el espacio público nocturno como un indicador de mendacidad o sospecha constituye un claro estereotipo de género que violenta las convenciones internacionales a las que adhiere nuestro país. Las contradicciones o imprecisiones en su relato, lógicas tras el paso de más de una década, no demostraban en absoluto un dolo o una intención de mentir.
Respecto a Tagliaferro, el tribunal evaluó que el paso del tiempo y la masiva exposición del caso en los medios de comunicación pudieron haber alterado o reconstruido de manera equivocada sus recuerdos (un fenómeno psicológico común en testigos de hechos de gran impacto social), descartando también que su declaración estuviera motivada por el cobro de una recompensa económica, dado que dicho incentivo se ofreció meses después de que él se presentara a declarar espontáneamente.
El fin de una persecución
Con este fallo, Patricia Godoy —quien se encontraba cumpliendo prisión domiciliaria— recupera su libertad plena. El dictamen pone fin a un proceso judicial paralelo que desviaba la atención de lo verdaderamente central: el cuádruple femicidio de Bárbara Santos, su hija Micaela Galle, su madre Susana De Bárttole y la amiga de la familia, Marisol Pereyra, cometido en noviembre de 2011. Por este hecho, el único condenado a prisión perpetua es Javier «La Hiena» Quiroga, cuyo ADN fue hallado en la escena del crimen.
La absolución de Patricia representa una victoria para las redes de acompañamiento y las organizaciones feministas que sostuvieron su inocencia y denunciaron, desde el primer día, la criminalización de una testiga clave.










