Una grave situación de violencia digital contra las mujeres sacude a la comunidad educativa del Colegio Modelo Lomas, en el partido bonaerense de Lomas de Zamora. Alumnos de la institución habrían utilizado herramientas de Inteligencia Artificial (IA) para generar montajes fotográficos de desnudez (deepfakes) utilizando los rostros de sus propias compañeras, material que posteriormente fue difundido sin consentimiento a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería.
El hecho afectó a cerca de 50 alumnas y detonó una masiva protesta de estudiantes y familias frente al establecimiento educativo para exigir respuestas institucionales contundentes. Tras los reclamos y la intervención de la Inspección General de Educación, las autoridades evalúan que los estudiantes señalados como responsables dejen de asistir de forma presencial y continúen sus trayectorias escolares de manera virtual.
En el plano judicial, la causa penal quedó radicada en la UFI N° 6 de Responsabilidad Penal Juvenil de Lomas de Zamora, la cual deberá llevar adelante las pericias informáticas para identificar fehacientemente a los creadores y difusores del material.
El marco legal vigente: avances y limitantes en Argentina
Abordar institucional y judicialmente la violencia digital con perspectiva de género y de derechos requiere analizar las herramientas normativas vigentes en el país, así como los severos vacíos legales que persisten frente al avance de la tecnología.
Ley Olimpia (Ley 27.736): Sancionada a nivel nacional a fines de 2023, esta norma modificó la Ley de Protección Integral a las Mujeres (Ley 26.485) para incorporar de forma explícita la violencia digital como una modalidad de violencia de género. Define como tal a toda conducta que cause daño psicológico o emocional mediante las tecnologías de la información, abarcando la obtención, producción y difusión no consentida de material íntimo. Esta ley obliga al Estado a generar políticas de prevención y alfabetización digital, y brinda a las víctimas herramientas para exigir la baja inmediata de los contenidos de las plataformas.
La barrera del Código Penal: A pesar del gran avance que significó la Ley Olimpia en el fuero civil y de protección, Argentina todavía no penaliza la difusión no consentida de imágenes íntimas en su Código Penal de manera autónoma, salvo en los distritos donde está tipificado como contravención (como el Código Contravencional de la CABA).
Los desafíos pendientes: la manipulación de imágenes mediante IA
El caso del Colegio Modelo Lomas expone un vacío legal todavía más profundo e internacional: la manipulación de imágenes mediante IA o deepfakes.
Cuando se crean imágenes falsas con Inteligencia Artificial, no existe una «filtración de fotos reales», sino la fabricación absoluta de un contenido pornográfico utilizando la identidad visual de una mujer. Al no tratarse de material íntimo real de la víctima, muchas interpretaciones judiciales tradicionales encuentran dificultades para encuadrar el delito.
Falta de legislación específica sobre IA: Actualmente, el Congreso de la Nación debate distintos proyectos de ley dirigidos a regular el uso de la IA y a penalizar la creación de pornografía no consentida generada tecnológicamente, pero aún no se han convertido en ley.
El estatus de los menores de edad: Debido a que los presuntos autores son menores, el abordaje de la UFI de Responsabilidad Penal Juvenil debe articularse bajo la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061). El foco judicial en estos casos suele orientarse a medidas de corte restaurativo, pedagógico y de concientización, obligando a las escuelas a reformular sus Acuerdos Institucionales de Convivencia (AIC) para incluir el entorno digital.
Garantizar entornos educativos seguros para las mujeres implica reconocer que lo virtual es real. La vulneración de la intimidad, la humillación pública y la violencia simbólica ejercida a través de pantallas producen daños psicológicos profundos que no se disipan al apagar los dispositivos, volviendo urgente la capacitación docente y la actualización de nuestras leyes penales.








