El Tribunal Oral Federal dictó sentencia en la causa «Laguna Paiva II». Determinó de forma inédita que dejar desamparados a los hijos de los secuestrados formó parte del plan sistemático del terrorismo de Estado.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe marcó un hito sin precedentes en la historia judicial argentina. Los jueces Ricardo Vázquez, Mario Gambacorta y Osvaldo Facciano determinaron que el abandono de persona sufrido por niñas, niños y adolescentes durante la última dictadura militar constituye un crimen de lesa humanidad autónomo. El veredicto histórico se dictó en el marco de la emblemática causa «Laguna Paiva II».
Hasta este juicio, el desamparo de los hijos de las víctimas se consideraba un daño colateral de los operativos represivos. Sin embargo, la resolución judicial ratifica que la desprotección intencional de las niñeces fue un eslabón planificado dentro del ataque sistemático contra la población civil.
La desprotección de las infancias en foco
El juicio abordó crímenes cometidos en 1980 contra un total de 34 víctimas. El eje central del debate se enfocó en el destino de 16 niños, niñas y adolescentes de entre 1 y 14 años.
Los testimonios detallaron el horror vivido tras el secuestro de sus padres:
- Casas saqueadas: Las fuerzas represivas robaban las viviendas y dejaban las puertas cerradas tras los operativos.
- Menores a la deriva: Grupos de hermanos de muy corta edad debieron sobrevivir por sus propios medios sin adultos a cargo.
- Estrategias de supervivencia: Los niños de mayor edad se vieron obligados a trabajar para comprar comida para los bebés antes de ser auxiliados por vecinos.
Los condenados
El Tribunal Federal impuso condenas a cuatro represores que formaban parte del Departamento de Informaciones (D-2) de la Policía de Santa Fe y del aparato civil represivo:
- Oscar Cayetano Valdez (ex policía): Condenado a una pena unificada de prisión perpetua.
- Víctor Hermes Brusa (ex secretario judicial y ex juez federal): Condenado a una pena unificada de 25 años de prisión. Su sentencia confirma la complicidad civil del Poder Judicial en la época.
- Antonio Parvellotti (ex policía): Condenado a 18 años de prisión.
- Eduardo Enrique Riuli (ex policía): Condenado a una pena unificada de 18 años de prisión.
Por qué necesitamos más ojos colectivos
Desde nuestro espacio en Las Brujas de Salem, entendemos que la memoria colectiva es un proceso dinámico que exige revisar constantemente los rincones que la justicia penal dejó en la sombra. El fallo de la causa «Laguna Paiva II» representa una conquista inmensa, no solo para las víctimas directas que esperaron más de 46 años, sino para toda la sociedad argentina.
Durante décadas, la mirada sobre el terrorismo de Estado se concentró casi con exclusividad en los secuestros, las torturas y las desapariciones en los centros clandestinos. Hoy, gracias al incansable impulso de los organismos de derechos humanos y de los propios sobrevivientes que entonces eran niños, la Justicia se vio obligada a mirar qué pasaba cuando la puerta de esas casas se volvía a cerrar.
Juzgar el abandono de las infancias como un delito autónomo y no como una mera consecuencia accidental de los operativos es un acto de reparación histórica profundo. El desamparo total de esos 16 chicos —obligados a convertirse en adultos para que sus hermanos no murieran de hambre— fue violencia pura ejercida por el Estado.
Asimismo, es imperioso destacar la valentía y lucidez jurídica de este tribunal, compuesto por magistrados que realmente se ocupan de lo que se tienen que ocupar: garantizar la justicia y proteger los derechos fundamentales. Esta postura contrasta profundamente con la de aquellos funcionarios políticos actuales que, movidos por un evidente odio ideológico hacia el feminismo, priorizan firmar decretos banales para eliminar el término «niñeces» de los papeles oficiales y obligar a decirles «niños», en lugar de implementar políticas reales que resguarden la vida de la infancia.
Así como en 2010 la inclusión de los delitos sexuales modificó para siempre los juicios de lesa humanidad, este precedente en Santa Fe sienta las bases para que el desamparo de las niñeces sea castigado con el peso que corresponde en los tribunales de todo el país.
Desde este portal, celebramos este fallo que demuestra que, a pesar del tiempo transcurrido, la verdad siempre encuentra el camino para nombrar los dolores del pasado.








