El juicio por el triple lesbicidio de Barracas: disciplinamiento social, discursos de odio y un ajuste que profundiza la brecha de género

 

El juicio por el triple lesbicidio de Barracas —ocurrido en mayo de 2024— comenzará este lunes en el Tribunal Oral en lo Criminal N°5 de la Ciudad de Buenos Aires, integrado por los jueces Fabián M. Dinesta, Rafael A. Oliden, Fátima Ruiz López y Adrián A. Perez Lance.

El único imputado es Justo Fernando Barrientos, acusado de lanzar una bomba casera a la habitación donde dormían dos parejas de lesbianas, matando a tres de ellas e hiriendo de gravedad a una.

Este proceso arranca bajo una fuerte demanda social para que se dictamine una condena histórica que reconozca explícitamente el componente de odio hacia la orientación sexual.

A más de dos años del crimen, cuando comience el debate oral Sofía Castro Riglos, la única sobreviviente de la masacre, no podrá declarar por recomendación de su equipo médico. “Su deseo más profundo sería asistir y declarar, poder romper todo. De algún modo lo intenta, pero le hace mal a nivel traumático”, remarcaron los allegados a la investigación.

Según el observatorio de violencias de género Ahora que sí nos ven, Castro Riglos sigue enfrentando las consecuencias físicas y emocionales de “una violencia que no empezó esa noche, sino mucho antes, en un contexto sostenido de discriminación y hostigamiento por la orientación sexual”.

Testificarán veinte personas, entre vecinos, policías y peritos.

El imputado está detenido en el penal de Ezeiza por haber lanzado la bomba casera que comenzó el incendio en el hotel familiar —ubicado en Olavarría al 1600— que terminó con la vida de Pamela Cobbas, Andrea Amarante y Roxana Figueroa.

Cobbas falleció un día después del incendio en el Instituto del Quemado. Allí también, pero dos días después, murió Figueroa, con el 90% de su cuerpo incinerado. Castro Riglos pudo sobrevivir a pesar de las gravísimas quemaduras, pero habiendo estado internada durante todo un mes en ese mismo nosocomio. Amarante falleció tras cinco días de agonía en el Hospital Penna.

 

Un contexto hostil: récords de crímenes de odio en Argentina

El ataque de Barracas no puede leerse como un hecho aislado, sino como la manifestación más brutal de una escalada de violencia estructural. De acuerdo con el último informe del Observatorio Nacional de Crímenes de Odio LGBT+, durante el último período anual relevado se registró una cifra récord de 227 crímenes de odio basados en la orientación sexual, identidad o expresión de género. Esto representa:

Un incremento alarmante del 62% con respecto al año anterior.

Una frecuencia de un ataque cada 38 horas en todo el país.

Las modalidades más frecuentes incluyeron golpes y agresiones de extrema crueldad, perpetradas en un alto porcentaje por desconocidos o en contextos de desamparo institucional.

Como bien explica María Rachid, activista lesbiana y presidenta de la Federación Argentina LGBT+:

 

En pocos años, prácticamente se duplicaron los crímenes de odio en nuestro país. Es evidente que tiene que ver con cómo se han profundizado e instalado los discursos de odio y la violencia desde el gobierno nacional en nuestra sociedad”.

 

Las voces de la querella: nombrar el lesbicidio

La batalla en los tribunales no se limita a demostrar la autoría material de Barrientos, sino a desarmar la estrategia judicial que busca encasillar el hecho como un «incendio incidental» o un conflicto vecinal común. La tipificación del delito bajo la perspectiva de género y diversidad es el núcleo del reclamo.

Barrientos enfrenta cargos bajo la carátula oficial de «triple homicidio agravado por haber sido cometido por odio de género y por la orientación sexual de las damnificadas, con alevosía y ensañamiento, en concurso real con tentativa de homicidio».

Luciana Sánchez, abogada querellante que representa a la sobreviviente Sofía Castro Riglos, enfatizó en diálogo con la Agencia Presentes:

 

“Fue un ataque que no estuvo dirigido al hotel ni a crear un peligro común, sino directamente a matarlas a ellas cuatro por su percepción como lesbianas por parte del autor. Lo que lo determinó a cometer el crimen fue que eran dos parejas de lesbianas”.

 

La brecha económica que mata: El RIGI y la exclusión de las disidencias

El triple lesbicidio de Barracas también dejó al descubierto la profunda crisis habitacional y la vulnerabilidad económica que atraviesan las mujeres y el colectivo LGBTIQ+, empujadas frecuentemente a vivir en condiciones de hacinamiento y precariedad.

En este escenario de desprotección, el modelo macroeconómico vigente profundiza las desigualdades existentes.

Mientras el Estado desmantela las redes de contención y políticas públicas de género, se implementan herramientas impositivas y de fomento que priorizan exclusivamente los sectores más concentrados y masculinizados de la economía.

Un claro ejemplo es el impacto del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI).

Según auditorías y estudios económicos con perspectiva de género, el RIGI le costará al Estado hasta USD 1.340 millones anuales en concepto de exenciones fiscales y resignación de ingresos.

Este multimillonario costo fiscal funciona en la práctica como un subsidio indirecto dirigido de forma casi exclusiva a sectores extractivistas de nula o baja inserción laboral femenina —como la minería, la energía, el petróleo y la infraestructura pesada—.

Al desfinanciar las arcas públicas para sostener actividades profundamente masculinizadas, el Estado reduce su capacidad presupuestaria para garantizar el acceso al trabajo formal, la vivienda digna y la seguridad de las identidades disidentes.

De esta manera, la asignación de recursos públicos no solo perpetúa, sino que profundiza activamente la brecha de género, dejando a quienes viven bajo múltiples formas de exclusión a merced de la desidia económica y la violencia disciplinaria en los márgenes de la sociedad.

 

Cronograma de audiencias del Tribunal

El proceso judicial está a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°5 de la Capital Federal y se desarrollará en la sede de los tribunales ubicados en Talcahuano 550. El esquema de debate oral quedó fijado de la siguiente manera:

Inicio del debate: Las audiencias comenzaron formalmente el lunes 18 de mayo a las 09:30 horas. En la primera jornada se leyeron las acusaciones de la fiscalía y de las tres querellas, y el imputado Justo Fernando Barrientos se negó a declarar.

Producción de prueba testimonial: A lo largo de las próximas semanas comparecerán un total de 20 testigos. Este listado incluye a vecinos del hotel familiar de la calle Olavarría, efectivos de la Policía de la Ciudad que intervinieron en el operativo de emergencia y peritos de bomberos y médicos forenses.

Pruebas complementarias pendientes: Durante el transcurso de las audiencias se incorporarán al expediente los resultados de hisopados, análisis químicos y peritajes técnicos complementarios sobre los materiales utilizados para fabricar la bomba casera.

Alegatos y sentencia: Tras concluir la fase testimonial, el tribunal fijará las fechas para los alegatos finales de las partes acusadoras, la defensa y las palabras finales del imputado, estimando el veredicto para antes del cierre del periodo judicial en curso.

 

Argumentos legales de las tres querellas

La estrategia de la acusación se encuentra unificada en el pedido de prisión perpetua, pero está dividida de forma estratégica en tres representaciones que buscan sentar diferentes precedentes de jurisprudencia:

Querella de Sofía Castro Riglos (Única sobreviviente)

Representada por la abogada Luciana Sánchez, es la más integral en materia de interseccionalidad de género. Sus argumentos centrales sostienen:

  1. Concurrencia de figuras: Exigen que el ataque no solo sea considerado un crimen de odio, sino que se califique simultáneamente como lesbicidio y femicidio. Sostienen que el Estado tiene una «debida diligencia reforzada» hacia las víctimas por su doble condición de mujeres y de disidencias sexuales.
  2. Falta de exclusión: Argumentan que el componente de odio hacia la orientación sexual no anula la violencia de género, sino que ambas figuras penales son complementarias para describir la brutalidad del ataque.

Querella de la Federación Argentina LGBT+ (FALGBT)

Liderada por la abogada Samanta Pedrozo, centra su argumento en el impacto colectivo del delito:

Ataque comunitario: Argumentan que el lesbicidio excede el daño individual. Tal como expresó Pedrozo: “Es un delito que afectó a cuatro personas (…) pero eso no deja de ser un ataque contra una comunidad”.

Discursos institucionales como catalizadores: Vinculan directamente el accionar del imputado con los discursos oficiales. «Pasamos a estar bajo un gobierno que tiene un discurso de odio (…) Y esta ideología persigue a la comunidad LGBT, la trata de enferma mental y básicamente incita al odio», manifestaron desde el equipo técnico de la Federación.

 

Querella de los familiares de las víctimas fatales

Enfocada en la destrucción material del proyecto de vida de Pamela Cobbas, Roxana Figueroa y Andrea Amarante:

Demostración de dolo e intencionalidad: Se oponen tajantemente a la línea de la defensa que intenta catalogar el hecho como un «incendio incidental» o un estrago culposo derivado de una pelea vecinal ordinaria.

Alevosía y ensañamiento: Acompañan el pedido de la Fiscalía para que se apliquen los agravantes por el uso de un medio idóneo para crear peligro común, la indefensión de las víctimas (quienes dormían al momento del ataque) y las agresiones físicas posteriores destinadas a evitar que salieran de la habitación en llama

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