Stefanía Alba: «La delincuencia va de la mano del sistema económico y de la necesidad”

 

En febrero pasado se aprobó en el país una reforma que baja la edad de punibilidad penal de 16 a 14 años.

El nuevo Régimen Penal Juvenil permite procesar y juzgar a adolescentes de 14 y 15 años por delitos graves, estableciendo un sistema especializado con penas máximas de hasta 15 años.

La ley permitirá procesar a adolescentes desde los 14 años, con penas alternativas para delitos menores y un máximo de 15 años de prisión para casos graves.

En Las Brujas que Salem charlamos con la abogada especialista en Derecho Penal Stefanía Alba y docente de la UNLP sobre el campo propicio para que se lograra votar esta ley, los desafíos de su implementación, y cuáles serán las consecuencias en la sociedad en general

Con la premisa de que es importante bajar el lenguaje técnico jurídico al llano, al común para poder entender los cambios Stefanía subrayó que “a cambios de otros gobiernos, que tuvieron más palos en la rueda, el gobierno de Milei tiene un gran apto de gobernabilidad” En este sentido alertó que en 48 horas salieron tres leyes lo que nos debería llevar a preguntarnos “en términos foucaultianos cómo se está ejerciendo el poder”

“Yo siempre digo, incluso en las aulas, hay que tener en cuenta que el derecho penal es muy cruel, en todos los aspectos tanto para aplicar una pena como para quien es víctima Esto no justifica que no tiene que haber una justicia, pero sin duda hay que poner un freno al avance punitivo de la justicia porque no es la solución”- explicó la especialista

Coincidentemente con todos los expertos de Derecho Penal Stefanía Alba aseguró que en nuestro país no hay una tasa alta de delincuencia juvenil con lo cual considera que ésta “es una ley más para la galería,  que no mueve un amperímetro el delito y claramente el tema de la seguridad y de la inseguridad no se resuelve simplemente con una norma”

“es una ley más para la galería,  que no mueve un amperímetro el delito y claramente el tema de la seguridad y de la inseguridad no se resuelve simplemente con una norma”

 

Qué cambia con la nueva ley

La nueva ley establece que un adolescente puede ser imputado penalmente desde los 14 años. Cuando sea condenado por un delito que contempla penas de hasta 3 años, no habrá prisión efectiva, es decir, no irá preso.

Hasta antes de que se sancionara si tenía menos de 14 había un “régimen especial, ni siquiera entraba en el análisis dogmático normativo, quedaba excluido, era una causa de inimputabilidad”- explica Alba y agrega “ese menor no ponía un pie en el aparato, en la carnicería penal, en ese poder judicial”

Al quedar habilitado esto a partir de los 14, ese menor “va a tener que atravesar un proceso penal, que es un martirio”

La normativa también establece que cuando la pena prevista supere los 3 años y sea de hasta 10 años, el tribunal podrá reemplazar la prisión por penas alternativas —como tareas comunitarias, programas educativos o monitoreo electrónico— siempre que el hecho no haya implicado la muerte de la víctima ni una violencia física o psíquica grave, que el adolescente no tenga condenas previas ni otros procesos firmes en trámite, y que exista dictamen pericial favorable, con conformidad del fiscal y previa audiencia a la víctima.

Esta ley prohíbe expresamente la prisión perpetua para adolescentes. El artículo 19 indica: “Queda prohibida la imposición de las penas privativas de la libertad de reclusión perpetua y de prisión perpetua”. Además, fija un máximo de 15 años de condena para adolescentes.

Para la abogada la frase “roban porque quieren o no trabajan porque no quieren” además de incierta quedó absolutamente descolocada en los tiempos en que corren donde no sólo no hay trabajo, se cierran fábricas que dejan cientos de personas desempleadas y el mismo gobierno de Milei echa empleados del Estado. “Yo trabajo con ‘el piberío’ como les digo cariñosamente y el mercado laboral es complicado, a veces un trabajo no les conviene porque no les alcanza ni para trasladarse a ese lugar, o los chicos dejan de estudiar y se anotan en la Policía o el Servicio Penitenciario, sólo para tener un sueldo”- aportó

Con la ley anterior, por ejemplo, una persona de 15 años que cometía un homicidio no podía ser juzgado ni condenado, aunque en la práctica se iniciaba un procedimiento en los tribunales y, en algunos casos, podía ser internado en un instituto por orden de un juez de menores.

Con el nuevo régimen, los adolescentes de 14 y 15 años pueden ser imputados, procesados y condenados a una pena de prisión. La posibilidad de aplicar penas más duras o privativas de la libertad está más restringida a delitos graves y sujeta a condiciones y controles.

Sin embargo, si el delito tiene una pena de hasta 3 años de prisión, la nueva ley establece que no podrá aplicarse cárcel, sino que se deberán imponer penas alternativas como la amonestación, la asistencia a programas educativos, la prohibición de contacto con la víctima, trabajos comunitarios o el uso de tobillera electrónica.

Por otro lado, antes de la sanción de esta nueva ley, un joven de 17 años que cometía un delito con una pena mínima menor a 2 años, como un robo simple, no podía ser condenado penalmente. Con el nuevo régimen, ese mismo joven sí podrá ser imputado y recibir una pena, aunque no será de prisión efectiva si la pena prevista no supera los 3 años.

En cambio, delitos más graves, como el robo con armas, sí podrían implicar una condena con cárcel, ya que superan ese umbral.

 

Sistema económico & delincuencia

En un país donde las políticas neoliberales están aumentando aún más la brecha entre ricos y pobres analizar la “delincuencia juvenil” sin ningún contexto es inútil.

“No me voy a cansar de decir que la delincuencia va de la mano del sistema económico y de la necesidad” – asegura Stefanía Alba.

Y en este sentido analizó la situación de la cárcel y las penas hoy. “Sin hablar de esta Ley sancionada en particular, si arrancamos por La Ley 24600 de Ejecución Penal en su artículo 1 dice que la cárcel está hecha para la reinserción lo que claramente es una absoluta mentira en la práctica”

Y los ejemplos de detenidos liberados que no se reinsertan en la sociedad y vuelven a delinquir es de casi el 100 %. Porque la reinserción por el simple hecho de que no están dadas las condiciones. Muy por el contrario, el Estado   que se queja de lo que sale darle de comer a un preso, que los tiene absolutamente hacinados, viviendo en condiciones insalubres, menos aún, aporta para su educación o para darle herramientas útiles para cuando cubra su condena.

“En el caso de esta ley en el primer artículo habla del “sentido de responsabilidad por sus actos”.

Para Stefania hablar de esto es subjetivo “¿cuál es la lógica del sentido? ¿quién impone este sentido?”- se pregunta y agrega “Es peligroso porque aparece el fenómeno del adultocentrismo y de ponerle una edad biológica a alguien, cuando muchas veces esa edad no se condice con la madurativa” afirma

 

Las adolescencias vulnerables

Así como es un hecho comprobado con estadísticas que la mayor parte de la población carcerlaria pertenece a la porción de “menores recursos” y que esto obedece, en la mayoría de los casos, porque no tienen posibilidades de una defensa justa, cuando personas que han delinquido con alto poder adquisitivo han zafado del sistema carcelario, el mismo horizonte parece aparecer para los delitos cometidos por menores.

“Creo que nadie piensa en los pibes hoy. Un adolescente se va a mandar una macana y lo van a penar como si fuera mayor. El Estado que no había estado antes en su vida sí va a aparecer para castigarlo”- reflexiona

“Por otro lado es muy distinto según la clase social a la que pertenezcas. Un adolescente que comete un delito porque tiene problemas de consumo, o está apostando, pero tiene recursos, seguramente va a tener contención de alguna manera, un abogado que lo defienda, una familia detrás. Sin duda no va a ocurrir lo mismo con un menor pobre. Por esto falta muchísima contención por parte del Estado. Es hora de que los políticos de los distintos partidos dejen de usar las redes y se pongan a laburar en el barrio y de que  además dejen de quejarse y propongan un plan de acción”- sintetiza

 

“Creo que nadie piensa en los pibes hoy. Un adolescente se va a mandar una macana y lo van a penar como si fuera mayor. El Estado que no había estado antes en su vida sí va a aparecer para castigarlo”-

Stefanía Alba (centro) presente en los estudios de Radio Trinchera

Una ley vacía y algunos granos de arena posibles

La ley ya está reglamentada, pero todo lo que propone necesita de una infraestructura que no existe aún. Poco probable que el gobierno destine dinero a un “Estado” que está atacando desde que asumió la Libertad Avanza. Dicen que la “educación” para los menores que delincan va estar garantizada. ¿Pero qué garantías puede haber cuando el presupuesto que se le asigna es cada vez menor?

Otras leyes están absolutamente desfinanciadas, como la de la Interrupción Voluntaria del Embarazo o la de los 1000 días con lo cual, como asegura Stefanía ésta no deja de ser una “ley vacía”

“Es bueno recordar a Raúl Zaffaroni, no por garantista, ni por abolicionista sino porque él lo que siempre hizo fue defender a los pibes y las pibas. Yo creo y confío en que los jueces y juezas, que son los que definitivamente decidirán, tengan sentido de empatía. Porque yo no hablé con nadie que estuviera de acuerdo con esta ley. Todos sabemos que está mal y perdón a los que se encargaron de la rama del Derecho Internacional porque esta ley viola todos los tratados firmados”

Y propuso: “Yo creo que un pequeño grano de arena sería que todas las personas que están en instituciones, en cargos de gestión en lugares de comunicación, comiencen a mirar no tanto al todo como masa, sino empezar a ver las individualidades. Porque quizás en esas individualidades que se nos pasan, hay un pibe que está próximo a caerse al sistema, por una cuestión económica, por una cuestión emocional, cultural. Y sería importante tratar de contener, aunque sea, desde ese lugar”

 

Los organismos internacionales

Unicef indicó que en Argentina la reforma del sistema de Justicia Penal Juvenil “no requiere bajar la edad de punibilidad”. La organización destaca la necesidad de encontrar un abordaje para la justicia juvenil que respete los derechos consagrados en los tratados internacionales incorporados a la Constitución, señalando que experiencias internacionales han demostrado que disminuir la edad de punibilidad no ha resultado una medida efectiva para combatir la inseguridad.

Esta idea fue ampliada por Rafael Ramírez Mesec, representante de Unicef Argentina que explicó: “El abordaje de una ley de justicia penal juvenil no debe solo solucionar hoy el problema de ayer, sino también prevenir el problema de mañana. Es necesario que haya sanción proporcional y contextualizada, reparación, reinserción efectiva, y prevención, protegiendo y recuperando a los más jóvenes en la mayor medida posible. Y eso requerirá de legislación equilibrada, políticas integrales y financiamiento adecuado. Una justicia juvenil moderna, basada en derechos, evidencia y con intervenciones especializadas, reduce la reincidencia, previene nuevas víctimas y contribuye a mejorar la seguridad ciudadana”.

Y advirtió: “De otra manera, aumentará el número de jóvenes dentro del sistema penal, se profundizarán trayectorias de violencia a futuro, y se debilitarán las posibilidades de construir soluciones duraderas. Pero no mejorará la seguridad”.

Por su parte la Red Internacional de los Derechos del Niño (CRIN, por sus siglas en inglés) señaló en un informe que algunos países, tras reducir la edad mínima de responsabilidad penal, decidieron revertir esta decisión tras la crítica por parte de organismos como el Comité de los Derechos del Niño en sus Observaciones finales y en el Examen Periódico Universal.

Dinamarca, por ejemplo, redujo de 15 a 14 años el umbral en junio de 2010. Dos años después, revirtieron la decisión.

En febrero de 2011, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, en sus Observaciones Finales sobre Dinamarca, expresó su “profunda preocupación” sobre varios asuntos relativos a la administración de justicia juvenil, como “la reducción de la edad de responsabilidad penal”. Esta medida fue cuestionada, instando al Estado danés a reconsiderarla para cumplir con los estándares internacionales.

Un caso similar ocurrió en Georgia, donde el Comité de los Derechos del Niño “lamentó profundamente la decisión del Estado parte de reducir la edad de 14 a 12 años”, principalmente para delitos graves como “homicidio deliberado” y “violación”, entre otros. Luego, el país volvió a los 14 la edad de imputabilidad.

 

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