Lucía Pérez no descansa en paz: luego de dos juicios ahora la “justicia” le da condicional a uno de sus femicidas

 

El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 le concedió la libertad condicional a uno de los condenados por el femicidio de Lucía Pérez, la joven asesinada en Mar del Plata en 2016. Todo el proceso judicial se caracterizó por la falta de perspectiva de género.

Se trata de Juan Pablo Offidani, quien había sido sentenciado a 15 años de prisión unificada, y que ahora deberá cumplir diversas medidas para continuar fuera de la cárcel.

El crimen sucedió el 9 de octubre de 2016. Matías Gabriel Farías, Alejandro Alberto Maciel y Juan Pablo Offidani fueron acusados “por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser cometido en perjuicio de una menor de edad y abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes seguido de muerte en concurso ideal con femicidio con encubrimiento agravado por la gravedad del hecho precedente”.

Ahora, los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone informaron en la resolución que estaban dadas las condiciones para que Offidani sea beneficiado con la libertad condicional luego de un pedido sostenido por parte de los defensores del acusado, quienes argumentaron que estaba detenido desde hace nueve años y que su pena debía reducirse por estímulo educativo.

A pesar de la negativa del fiscal Carlos Russo, quien sostuvo que había factores de riesgo por los que Offidani no debía salir de prisión, los magistrados informaron que el condenado por ser partícipe secundario del abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes de Pérez puede ser liberado.

Aun así, deberá cumplir con ciertas medidas: fijar domicilio dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o utilizar sustancias estupefacientes; adoptar un oficio, arte, industria o profesión, si no tuviese medios propios de subsistencia; no cometer nuevos delitos, someterse al control del Patronato de Liberados más cercano a su domicilio, realizar en la Institución Proyecto Vida Digna, un tratamiento integral contra las adicciones en pos de acompañar su proceso de reinserción socio-familiar, de modalidad ambulatoria – centro de día-, los días lunes, miércoles y viernes de 8:30 a 16 horas; prohibición absoluta de salida del país y de acercamiento a 200 metros del lugar de residencia de los particulares damnificados y de contacto por cualquier vía con los nombrados.

Desde el brutal femicidio de Lucía sus familiares han pasado por escuchar “barbaridades” de su hija en el proceso de justicia lo que, con muchísimo trabajo y reclamos y grupos feministas y de Derechos Humanos logró la anulación de lo actuado y la realización de un nuevo juicio ya que en el primero “nadie había sido responsable de su muerte, Lucía se había autoviolado y asesinado asimismo”

Tanto es así que en noviembre de 2018, el Tribunal Criminal N°1 de Mar del Plata condenó a Matías Farías y a Offidani por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo”. Pero los absolvió por el delito de abuso sexual y ni siquiera contempló la posibilidad del femicidio.

En 2020, tras la revisión de la Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal bonaerense, se solicitó el inicio de un nuevo juicio y en 2023 el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata sentenció a la pena de prisión perpetua a Farías por ser autor material del femicidio y a ocho años de cárcel a Offidani por considerarlo partícipe secundario.

Sin embargo, en febrero de 2025 el Tribunal de Casación Penal, integrado por los jueces Víctor Violini y Florencia Budiño, determinó que no se trató de un femicidio y pidió revisar la condenada de Farías.

En la resolución, expusieron que el sujeto debería ser acusado de “abuso sexual agravado por el consumo de estupefacientes seguido de muerte” de la adolescente.

El deceso de la adolescente se habría dado por “una conjunción de factores condicionadamente yuxtapuestos el uno con el otro: el esfuerzo físico por la brusquedad del abuso sexual y el consumo de cocaína”.

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